REGÍMENES DE INVERSIÓN
RÉGIMEN DE MAQUILA
Régimen de Maquila Ley 1.064/9 “De la Industria Maquiladora de Exportación”
El régimen de maquila vigente en el Paraguay es un régimen que permite a una empresa extranjera instalarse en el país, o subcontratar a empresas paraguayas ya existentes, para procesar bienes y servicios a ser exportados con el consiguiente valor agregado. Esto comprende importar materias primas, maquinarias e insumos necesarios, bajo el régimen de admisión temporaria (suspensión de los impuestos aduaneros), y exportar el producto al mercado regional o internacional.
Las operaciones de maquila están exoneradas de todo impuesto o tasa que afecte el proceso desde la importación de materias primas e insumos, la fabricación de los productos, hasta la exportación de las mismas, incluido el IVA. La ley establece un único impuesto, con una alícuota del 1 % aplicada sobre el valor de la factura de servicios emitida por la maquiladora a la matriz, o sobre el valor de la factura de exportación cuando los bienes son vendidos directamente al cliente final de la matriz (por su cuenta y orden). El tributo se aplica sobre el valor que resultare mayor.
Estas operaciones se realizan en virtud al contrato de maquila, suscrito entre una empresa domiciliada dentro del territorio nacional (maquiladora) y otra domiciliada en el exterior (matriz). Mediante la maquila los inversores nacionales o extranjeros pueden introducir al país materias primas a los efectos de ser ensamblados, reparados, mejorados, trabajados o procesados para su posterior exportación, una vez incorporados el valor agregado.
La legislación paraguaya no impone restricciones en cuanto a los tipos de productos o servicios comprendidos en la industria maquiladora. La política nacional de la actividad maquiladora en el Paraguay es regulada y controlada por el Consejo Nacional de las Industrias Maquiladoras de Exportación (CNIME).
Beneficios:
- Impuesto Único del 1 % sobre el valor agregado nacional, o sobre el valor de la factura de exportación emitida por la maquiladora por cuenta y orden de la matriz, el que sea mayor.
- Suspensión de aranceles e impuestos a la importación de materias primas e insumos, y bienes de capital.
- Recuperación del IVA (crédito fiscal) abonado en la compra de bienes y servicios en el mercado nacional.
- Posibilidad de desarrollar maquila en industrias paraguayas que cuentan con capacidad ociosa.
Para mayor información acerca del Régimen de Maquila, puede consultar el capítulo 3.6 “Beneficios para Inversionistas” de nuestra Guía de Inversiones (agregar link: https://drive.google.com/file/d/1NpipnDvc5rXE8rx2oT922p62NS2Z7pV/view?usp=sharing) o bien contactar con Consejo Nacional de la Industria Maquiladora de Exportación al Tels.: (595-21) 611 361 – 663-950 o remitir un email a secretaria.ejecutiva@maquila.gov
Descargar Ficha del Régimen de Maquila: https://drive.google.com/file/d/1knwv3F1yBlNDB1cGG1hARd963IcaYDdY/view?usp=sharing